sábado, 25 de abril de 2020

LEY No. 141-15, HERRAMIENTA PARA LA CRISIS

“No te ahogas por caer al rio, te ahogas por que te quedas sumergido”
Sabiduría Hindú

Por Roberto Martínez Torres (RMT)

Tomando en cuenta esta expresión de los sabios de la India, pudiéramos decir que a los problemas o situaciones cuando nos llegan a nuestras vidas, somos nosotros que decidimos como los vamos a enfrentar, unos se quedaran sumergido y se ahogarán, otros harán todo lo posible por salir a la superficie, pero, sin conocimientos y sin las herramientas necesarias, finalmente se cansaran y sucumbirán, sin embargo, están aquellos que usarán la sangre fría y la inteligencia y nadaran por debajo del agua, aguantarán la respiración y se dejarán llevar de la corriente hasta llegar a un lugar en que puedan ponerse de pies y respirar.

Frente a la situación actual y lo que ella puede crear en el futuro inmediato, nosotros debemos adoptar las actitudes que nos puedan permitir sobrevivir y luego buscar la forma de prosperar.

En nuestro país existen herramientas para que las empresas que están enfrentando dificultades económicas, puedan enfrentarlas con una metodología moderna, sin necesidad de que el empresario o comerciante en dificultad tenga que irse a la quiebra material y moral, deteriorar su crédito y su imagen comercial, teniendo que desaparecer del mercado.

La ley 141-15, sobre Reestructuración y Liquidación de Empresas y Personas Físicas Comerciantes ofrece a los empresarios y comerciantes la oportunidad de una salida digna, de una situación económica difícil.

Esta ley que vino a sustituir y modificar todo lo concerniente a las Quiebras y Bancarrotas, establecida en el Código de Comercio, lo primero que hace es desterrar estos términos del lenguaje jurídico y plantea primero la posibilidad de una Reestructuración y en un caso muy extremo y solo si no es posible la Liquidación y consecuente salida del mercado de la empresa o persona afectada.

Algo sumamente interesante en esta ley, es que dentro del marco de los principios en los que ella se sustenta, prima la negociación, la conciliación y la búsqueda de alternativas tendentes a dejar al empresario o comerciante en dificultad activo en el mercado productivo, proponiendo la búsqueda, entre todos los actores, de soluciones a una situación que los afecta a todos, pues la derrota económica de un sujeto, representa también un déficit o perdidas para aquellos que son sus acreedores.

La ley 141-15, brinda la oportunidad de que, los sujetos que están pasando un momento de crisis, puedan seguir operando, sobre la base de determinados controles administrativos, y de esa forma pueda ir cumpliendo con sus obligaciones bajo un esquema programado por ellos y sus acreedores.

Es importante que en este momento cada un de nosotros tenga la fuerza de voluntad, para enfrentar con dignidad las situaciones que puedan presentarse en nuestras empresas y negocios, ser responsables y pensar que de la misma forma en que pudimos construir una empresa y capital determinado, de esa misma forma, si tenemos que acogernos a los procedimientos que se establecen en esta herramienta jurídica, las puertas quedarán abiertas y nuestros perfiles crediticios se verán menos afectados y por lo tanto seguiremos siendo un ente creíble en el aparato productivo de la nación.